En un verano marcado por una ola de incendios en España, la opinión pública se ha vuelto a preguntar quién debe responder legalmente por estos desastres. Más allá del daño medioambiental y económico que causan, los incendios forestales también pueden tener consecuencias jurídicas muy graves. Y es que, según la legislación española, provocar un incendio —ya sea de forma intencionada o por imprudencia— puede conllevar penas de prisión, multas elevadas e incluso la imputación de personas jurídicas. En este artículo exploramos qué implica la responsabilidad penal en este tipo de delitos, cómo se regulan y qué debe saber un ciudadano o empresa al respecto.
Responsabilidad penal en incendios forestales: marco legal
El Código Penal español regula de forma específica los incendios forestales en su Título XVI, bajo los delitos contra los recursos naturales y el medio ambiente. En particular, el artículo 352 establece penas de prisión de entre 10 y 20 años para quien provoque un incendio que ponga en peligro la vida o la integridad física de las personas. Si el fuego afecta exclusivamente a espacios naturales, la pena se sitúa entre 1 y 5 años, según el artículo 353.
Incendios dolosos
El incendio doloso es aquel provocado de forma intencionada. Aquí no cabe el error ni el descuido: el autor actúa con plena conciencia de lo que está haciendo. Este tipo de conductas son las más castigadas penalmente, y su gravedad aumenta si hay riesgo para núcleos urbanos, instalaciones críticas o espacios naturales protegidos. Incluso si no se llegan a producir daños personales, la mera generación del riesgo es suficiente para aplicar el tipo penal.
Incendios por imprudencia grave
Sin embargo, también existe delito cuando el fuego se produce por imprudencia o negligencia grave. Es el caso, por ejemplo, de quien enciende una barbacoa en pleno verano en una zona forestal, o lanza colillas desde un vehículo. En estos supuestos, el Código Penal contempla penas de prisión de hasta 5 años, además de posibles inhabilitaciones o sanciones económicas.
¿Quién puede ser responsable penalmente?
La responsabilidad penal no recae exclusivamente en quienes prenden fuego al monte. En determinadas circunstancias, también pueden ser investigadas empresas, responsables políticos, técnicos o cualquier otra persona que, por acción u omisión, haya contribuido al resultado lesivo.
Personas físicas
El autor material del incendio suele ser la primera persona en ser investigada. Sin embargo, también pueden incurrir en responsabilidad penal los colaboradores necesarios, quienes encubran el delito, o aquellos que hayan incumplido deberes de prevención o aviso ante situaciones de riesgo.
Personas jurídicas
Desde la reforma del Código Penal de 2010, las personas jurídicas pueden ser penalmente responsables de los delitos cometidos en su nombre o beneficio. Esto afecta a empresas de trabajos forestales, constructoras, compañías eléctricas o subcontratas que no cumplan con sus protocolos de seguridad. En estos casos, pueden enfrentarse a multas muy elevadas, pérdida de ayudas públicas, suspensión de actividades e incluso su disolución.
Consecuencias legales más allá del proceso penal
Además de la vía penal, el autor o autores de un incendio pueden ser requeridos a través de la jurisdicción civil para indemnizar los daños causados. Esto incluye la regeneración del terreno, compensación a particulares y empresas afectadas, y responsabilidad patrimonial frente a las Administraciones públicas. En paralelo, se pueden abrir procedimientos administrativos sancionadores con multas que alcanzan los cientos de miles de euros.
Ejemplos recientes
En los últimos años, se han dictado sentencias ejemplares en las que se han impuesto penas de prisión a particulares por provocar incendios en Galicia, Andalucía o Castilla-La Mancha. También se han iniciado procedimientos contra empresas eléctricas por no mantener en condiciones sus infraestructuras, lo que ha derivado en chispazos que desencadenaron incendios de grandes dimensiones.
La prevención como deber jurídico
No basta con no provocar un incendio: el ordenamiento jurídico exige una actitud activa de prevención, especialmente en entornos rurales o forestales. Los titulares de explotaciones agrícolas, los organizadores de eventos, los trabajadores en zonas sensibles y los gestores de infraestructuras deben observar medidas de seguridad reforzadas en épocas de alto riesgo. La falta de diligencia en estos casos puede interpretarse como imprudencia grave con consecuencias penales.
En definitiva, la normativa española en materia de incendios forestales busca no solo castigar, sino también disuadir y promover la corresponsabilidad. La crisis climática, la presión humana sobre el territorio y la falta de cultura preventiva hacen que el riesgo de incendio sea cada vez más alto. Por ello, tanto ciudadanos como empresas deben actuar con máxima precaución, y conocer el alcance real de sus responsabilidades legales.
Contar con asesoramiento jurídico especializado en estos temas es clave para prevenir riesgos, responder adecuadamente ante cualquier investigación o procedimiento, y proteger tanto el patrimonio como la reputación personal o empresarial.
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